El pasado 28 de abril se celebró un pleno extraordinario en el Ayuntamiento de Torrox en el que se aprobó una prórroga del contrato de suministro de agua y depuración de las residuales con la concesionaria Aqualia. Hoy, Izquierda Unida ha presentado por registro de entrada un recurso de reposición al acuerdo plenario para declarar el Acto NULO, de forma previa a una posible vía judicial del asunto.
La citada Prórroga fue aprobada por la mayoría del pleno constando en el expediente informes negativos de la Secretaría General, de la Intervención Municipal y del Servicio de Contratación, además de recogerse la obligatoriedad de solicitar con carácter previo a la adopción del acuerdo, un informe al Consejo Consultivo de Andalucía, con base en los artículos 191.3 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público y artículo 17 de la Ley del Consejo Consultivo de Andalucía.
El Jefe del Servicio de Contratación del Ayuntamiento emitió informe, con fecha 20 de marzo de 2022 en el que expresa su oposición a la concesión de la prórroga solicitada por el concesionario. Basa su oposición en que “de acuerdo con el PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares) y con la LCE (Ley de Contratos del Estado), en el caso que nos ocupa solo sería admisible una prórroga de 10 años, a los que habría que sumar los 20 años de duración inicial, por lo que el contrato en su totalidad no podría tener una duración superior a 30 años, con lo cual, finalizaría su vigencia el 3 de Mayo de 2024”. Y además cree necesario y conveniente “la apertura de un nuevo procedimiento de licitación para el contrato de concesión de los SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE Y DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LAS RESIDUALES en aras de mantener los principios de la contratación pública.”
La Secretaría General del Ayuntamiento emitió, con fecha 24 de marzo de 2022, INFORME NEGATIVO con base a distintas conclusiones, entre las que se encuentra la siguiente: “En caso de que el pliego hubiese establecido, que no es el caso, que el plazo de duración fuese de 20 años prorrogables expresamente hasta su máximo legal (99 años) podría haber sido susceptible de nuevas prórrogas, pero el pliego expresó una única prórroga de 10 años, que entiendo agotada el 3 de mayo de 2024, siendo los contratos de cumplimiento forzoso”.
Y, por último, el informe de intervención que se pronuncia de igual manera que los anteriores.
La portavoz del Grupo Municipal, María José Prados, ha declarado que: “En el ámbito penal, la jurisprudencia, en los últimos tiempos, viene a otorgar una capital importancia a los informes preceptivos, de modo que actuar en contra de los mismos, puede constituir delito de prevaricación, aun cuando existan otros informes de terceros (definidos por el Tribunal Supremo como de complacencia) en otro sentido. En ese sentido, vamos a solicitar la nulidad del acuerdo, previo a cualquier reclamación vía judicial”.